Dentro del derecho penal, existe un amplio capítulo de delitos económicos, como contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores, sobre accidentes de trabajo, de contratación ilegal y contra el medioambiente.
Además, existen delitos de descubrimiento y revelación de secretos de empresas, contra la propiedad industrial e intelectual, sobre delitos societarios, contra la seguridad colectiva, contra la ordenación del territorio, contra el patrimonio, tales como estafas, apropiaciones indebidas, defraudaciones de fluido eléctrico y análogas, además de insolvencias punibles, daños, robos y hurtos, falsedades documentales…
A continuación vamos a destacar algunos de ellos, como por ejemplo aquellos que pueden incurrir contra el patrimonio individual de las personas. Este es el caso de hurtos, robos o estafas. Estos últimos, los engaños a través de estafas, pueden ser de múltiples tipos, como las estafas tan de actualidad que se sufren, por ejemplo, al realizar pagos con tarjetas de crédito en compras a través de Internet. Son de sobra conocidos casos en los que tras hacer un pago con la tarjeta de crédito en una compra por internet, nunca se recibe el producto pagado.
Existe mucha más casuística al respecto, como las denuncias falsas para cobrar de los seguros, la recuperación de teléfonos móviles o simular falsos fallecimientos para cobrar el seguro de vida.
Otros tipos de delitos penales económicos con perjuicio patrimonial a las personas son los de apropiación indebida, como por ejemplo cuando un dinero que recibes no lo devuelves. O la usurpación que provocan los okupas en viviendas o en locales que no son de su propiedad.
También existen los delitos penales económicos de daños, que se producen cuando intencionadamente se perjudica un bien de otra persona, como por ejemplo cuando se araña un coche a propósito. En este caso, cuando un bien de tu patrimonio sufre un daño intencionado por parte de otra persona, se considera un delito penal económico de daños.
Y además hay otros muchos, como delitos penales económicos de insolvencias punibles o delitos de alzamiento de bienes. Un ejemplo es cuando personas con deudas o procedimientos ejecutivos, civiles o de apremio, ya sean judiciales o administrativos, tratan de evitar estas responsabilidades con el alzamiento de sus bienes. Es decir, los transmiten de forma ficticia a terceras personas para que cuando el acreedor lo vaya a cobrar vea que no tiene nada a su nombre. En el argot, esto es conocido como utilizar ‘hombres de paja’.