El proceso urbanístico consta básicamente de dos grandes fases, la de planeamientoy la de su correspondiente ejecución.
El planeamiento general define el modelo territorial elegido para la ordenación de la totalidad del municipio y determina la clasificación del suelo para la aplicación a cada clase o categoría del régimen urbanístico asignado legalmente o del complementario impuesto por el planeamiento.
Una vez elaborado y aprobado el planeamiento hay que desarrollarlo mediante otras figuras de desarrollo, tales como planes parciales, planes especiales, estudios de detalle, etc., entrando ya en la fase de ejecución propiamente dicha, que trata de conseguir la efectiva realización del modelo territorial fijado en la fase de planeamiento urbanístico.
La gestión urbanística puede ser pública directa, que es cuando es la propia administración la que la lleva a cabo y debido efecto las previsiones contenidas en los planes. La otra opción es indirecta, cuando son los interesados los que participan mediante la creación de entidades urbanísticas colaboradoras, tales como juntas de compensación y entidades de conservación.
Cooperación o expropiación
Dependiendo del sistema de actuación elegido en el planeamiento, la gestión será pública directa si es el de cooperación (la administración ejecuta las obras de urbanización con cargo a los propietarios) o expropiación (se expropian las fincas del polígono o unidad de actuación y la administración ejecuta y costea las obras de urbanización). Se tratará de gestión pública indirecta si el sistema de actuación es el de compensación, puesto que es una actuación privada sobre suelo privado, en el que la administración adopta una actitud pasiva o vigilante.
Agentes urbanizadores en Comunidades
En Comunidades Autónomas como la de Valencia y Castilla-La Mancha existe la figura del agente urbanizador, que consiste básicamente en que se redacta un programa de actuación integrada (PAI en Valencia) o de actuación urbanizadora (PAU en Castilla-La Mancha). Su promotor, que suele ser una empresa o los propios propietarios constituidos en una agrupación de interés urbanístico (AIP), se convierte en urbanizador.
En la fase de gestión cobran especial relevancia los instrumentos de equidistribución (compensación y reparcelación), en cuanto que son los encargados de procurar una justa distribución de los beneficios (edificabilidad o aprovechamiento) y cargas (cesiones y costes de urbanización) del planeamiento.